martes, 12 de febrero de 2008

La "nueva" Doma vaquera.


El reglamento de Doma Vaquera ha recibido diversas modificaciones que entrarán en vigor durante ésta temporada 2008. Como quiera que estamos a solo un mes del comienzo de las competiciones, informamos de los cambios producidos. Hemos resaltado en azul los párrafos que consideramos más importantes o nos han llamado más la atención. En rojo nuestras primeras valoraciones.

Nota de la R: No tenemos más remedio que señalar, en una primera opinión, que están muy claras las secuelas del affaire del Campeonato de España celebrado en Andújar.

Concursos

1.- La entidad organizadora podrá celebrar concursos de Doma Vaquera de uno o dos días de duración.

2.- En el caso de que duren dos días, en el primero se realizara la fase de clasificación pasando a celebrarse el segundo día la fase final. Accederán a esta los 10 primeros jinetes clasificados. Si un Jinete ha clasificado dos caballos entre los diez primeros, deberá elegir uno de ellos, solo en la final del Cto. de España

Artículo 6 Campeonato de España

6.- Anualmente el primero y segundo clasificado de cada Campeonato Autonómico se clasificarán directamente para participar en el Campeonato de España, siempre que consigan en este evento un mínimo de 210 puntos de media.

Artículo 8. La presentación

1.- El participante que en el plazo de un minuto no se presentare ante el Jurado, una vez llamado, será eliminado.

2.- El examen de la vestimenta y el equipo del caballo se realizará, cuando le corresponda salir en el momento establecido por el sorteo, dando el jinete una vuelta, al aire que estime oportuno excepto cuando lo haga delante de un miembro del jurado, que deberá ser al paso; por el exterior de la pista y con anterioridad a hacer su entrada en la misma para la ejecución de los ejercicios y cuando le corresponda salir a la misma tras el sorteo. En éste examen no deberá saludar ni el jinete ni ningún miembro del Jurado.

El Veterinario del Concurso asesorará al Jurado en las determinaciones de su competencia, debiendo permanecer localizable hasta la finalización de la prueba.

Artículo 9. De los ejercicios en pista

10.- El uso de cadenillas forradas no abiertas, así como el de morcillones de baticola, cinchas y cualquier otro elemento de la montura no tradicionales, entendiéndose por estos los que no sean de cuero ni revistan la forma tradicional; serán considerados inapropiados e incorrectos y se deberá impedir la participación de quienes los usen. Igualmente este acuerdo está referido al uso de espuelas que no contengan carretilla y a los caballos que evidencien protección de las camas de los bocados

Artículo 12 Eliminaciones

N.- . - Cuando se observe en el jinete una clara ineptitud en el manejo de su cabalgadura o en la actitud de ésta con peligro para él mismo, su caballo, jueces o público.

Ñ.- Cuando tras ser llamado el jinete para la Ceremonia de Entrega de Premios no asista sin causa justa, que será valorada por el Presidente del Jurado. Esta causa de eliminación conllevará automáticamente la pérdida de la puntuación obtenida en su clasificación así como el trofeo, premio en metálico o en especie ó de cualquier otra naturaleza; además incurrirá en las posibles responsabilidades disciplinarias contenidas en el el R.D.

Artículo 18. Arneses (Equipo)

4.- Podrán utilizarse en las pruebas de caballos jóvenes, falsas riendas que irán a los farolillos del bocado vaquero o a los pilarillos de la serreta. En las pruebas de iniciados, hoja de ejercicios nº 1, las cuatro riendas irán todas en la mano izquierda, pudiendo el jinete apoyarse con su mano derecha y la vara sobre la falsa rienda del mismo lado. En las pruebas con la hoja de ejercicios 1A, si se utilizaran falsas riendas, estas irán a los farolillos del bocado.

10. - Cuando un jinete para abandonar la pista, tras el saludo al presidente, no cumpla las directrices del ejercicio (al galope, cambiando de pie, soltar las riendas, etc.) la nota de calificación del mismo no podrá ser superior a cinco (5).

Artículo 20. Comité de Apelación. Comité de Disciplina Deportiva

1.- En las competiciones nacionales y territoriales no habrá Comité de Apelación. En los Campeonatos, tanto territoriales como nacional, podrá constituirse un Comité de apelación compuesto por, al menos tres miembros, designadas por la RFHE de entre aquellas que se consideren con el reconocido prestigio dentro de la disciplina, méritos y capacidad suficientes para desempeñar esta función. Los Comités de Apelación se regirán por Disposiciones Generales de la Rfhe.



(Nota de la R: Por un lado se señala que no habrá comité, para señalar a continuación que podrá constituirse. O no entendemos bien este artículo o es poco clara su redacción, a no ser que se consideren diferentes los conceptos de "competiciones" y "campeonatos". )



CAPITULO VII. ENTREGA DE PREMIOS

Artículo 28.- Entrega de premios.

1. - La participación en la Ceremonia de Entrega de Premios de los binomios ( Jinete-caballo) clasificados es obligatoria. La no asistencia conllevará la perdida de la clasificación ( trofeo, premio en metálico o en especie ) y será sancionado de acuerdo con el R.D.

2. - Los jinetes que sean nombrados para participar en la Ceremonia deberán presentarse en la pista sin demora y montados a caballo, preferentemente en aquel con el que obtuvieron el correspondiente premio. La vestimenta, equipo y arneses tienen que ser los mismos que para la competición.

Anexo I .Distribución de Premios Mínimos


PUESTO CVN”A” * CVN”B”

1.- 700 euros * 550 euros

2.- 580 * 400

3.- 540 * 350

4.- 500 * 320

5.- 450 * 300

6.- 400 * 200

7.- 350 * 200

8.- 350 * 200

9.- 350 * 200

10. 350 * 200

11. 200 * 100

12. 200 * 100



Anexo V Análisis del Reglamento y Criterios de Aplicación.Presentación

1.- En la presentación se ha de hacer hincapié por parte de los jueces a los jinetes, en que no existe un “uniforme” para la doma vaquera, que no puntúa más una forma determinada y concreta de vestir, que de primar la propia personalidad y la adecuación en la forma de vestir o las circunstancias climatológicas.

2.- La inspección debe hacerse siempre en presencia de un veterinario que será quien informe el Jurado sobre la posibilidad o no de participar en un concurso, por cojera, o por cualquier otra causa que implicase caer en una falta grave de maltrato hacia el animal (avanzado estado de gestación, debilidad, herida, síntoma de doping, etc.). Se procurará que la presentación se realice antes de la hora oficial del inicio del concurso, dado que afortunadamente es cada vez mayor el número de participantes y ésta se prolonga en demasía sin que constituya espectáculo para el público asistente.


Parar a raya

2.- El paso atrás con salida en arremetida se hará a ambas manos como indica el Reglamento, y finalmente al paso, valorándose positivamente este orden para su ejecución, la impulsión y la fuerza con la que el caballo parte hacia delante buscando el galope sin solución de continuidad.
Nuestra conclusión: corregir toda laguna legal y aclarar posibles dudas es una actitud muy loable. Independientemente de las opiniones de cada cual, que os pedimos en el blog, hay que felicitar el empeño mostrado por los redactores de la norma para que, en el futuro, se produzcan los menores problemas posibles.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Lo de Rafael Arcos es verdad que se ha notado. Mi pregunta es si el año pasado estaba esta norma en vigor o entra a partir del concurso de Almodóvar como aseguran ustedes.

Gracias.

Anónimo dijo...

¡Qué descaro!¡Que verguenza!

Anónimo dijo...

Intentado aclarar las dudas que se suscitan, indico que cuando se refiere el artículo 20 a competiciones, debe interpretarse concursos. Por ello en los nacionales, tanto A como B y territoriales no existe el comité de apelación. En los Campeonatos sí puede haberlos.
En lo referente a los nuevos artículos, 28 y ss, que exigen la presentación del binomio a la entrega de premios, solo comunicar que esta norma está, desde su redacción, establecida en el Reglamento General (Artículo 120 y ss) norma que debemos acatar con primacía a los reglamentos particulares. Para una mejor y más directa iterpretación se han introducido estas exigencias en el Reglamento particular, que entró en vigor el 1.1.08, por lo que a lo largo de toda esta temporada tendrán aplicación las modificaciones introducidas.
Saludos.-

Anónimo dijo...

Señor Palacios, creo que usted es uno de los hombres más importantes que hay en la doma vaquera. Espero que pueda responder a una pregunta.

Si dice que ya hay una ley de rango superior (el reglamento general) que recogía lo de la asistencia a la ceremonia de premios ¿porqué se añade a una ley inferior como es el reglamento particular?.

Yo creo que es una cosa ridícula y que, como dicen por aquí, se trata de poner todavía más contra la pared a nuestro campeón de Andalucía... y SUBCAMPEON DE ESPAÑA, que todavía puede serlo, ya verá.

acaballomaster dijo...

El blog agradece sinceramente la aportación en cualquiera de nuestros temas de una autoridad en la materia como Don Antonio Palacios, que no decae en su interés por la Doma vaquera ni siquiera cuando está convaleciente de una -afortunadamente- pequeña intervención quirúrgica, como es el caso.

Un abrazo, Antonio, y a recuperarse pronto.

En cuanto a las demás respuestas, debemos aclarar que aunque este blog no restringe sus comentarios a nadie y no es necesario estar registrado, aquellos usuarios que quieran alguna respuesta por nuestra parte o por la de otros lectores deberían al menos dejar un alias para que así sepan que se les está respondiendo a ellos.

Sería absurdo una respuesta para anónimo 1, anónimo 2, anónimo 3, etc. Un lío. Dejar un alias mantiene igualmente el anonimato. Es por el bien de todos.

Muchas gracias por la participación.

Anónimo dijo...

Estimado anónimo nº 3 (según el listado de este comentario):
En primer lugar agradecerle la desaforada condición que me otorga, si bien no me considero la persona que dice sino un aficionado más, que pretende aportar un ápice a esta disciplina tan querida por muchos. En segundo lugar y al hilo de su cuestión, a pesar de la recomendación del administrador de este sitio; indicarle que, cuando se elevó a la Comisión Delegada de la Asamblea General de la RFHE, la inclusión del articulado que le ha causado esta duda, por la Comisión Técnica de Doma Vaquera, se pretendió reforzar más la norma ya que al parecer había serias dudas ó desconocimientos sobre si era o no preceptivo lo que indican los artículos 120 y ss del R.G.
Por ello y por aquello de que "lo que abunda no daña" se procedió a proponer este enriquecimiento de la norma particular, con el objetivo de hacerla más amplia y segura para todos los estamentos intervinientes en la competición, amén de dotarla de mayores garantías.
No solamente éste fue el asentimiento que el órgano federativo hizo a las propuestas efectuadas en su día, lo que nos hace pensar que podrán ejercer unos efectos positivos para todos los implicados en la competición.
No tenga la menor duda, de que en ningún momento se ha pretendido ejercer acciones negativas directas contra nadie, y menos ir en su perjuicio. Pues consideramos que en deporte se debe “andar” con la máxima transparencia, independencia, objetividad y extremo acatamiento de cuanto disponga el tejido normativo.

Saludos.-

Anónimo dijo...

Señor palacios, soy "Anónimo 3". Mis disculpas por ello. Le agradezco su cortesía, por la rapidez en la respuesta y por la claridad. Lo que abunda no daña, pero crea reiteración. Enfin.

Un saludo y que se recupere, que ya he visto lo que dice el administrador en su tirón de orejas. Que no sea nada y hasta pronto.